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ÁLVARO SÁEZ: ‘El recurso de reposición lo lee la misma persona que te ha puesto la multa de Hacienda’

Según la última memoria elaborada por el Tribunal Económico Administrativo Central (2017) podemos decir que hay casos en los que un 82% de los contribuyentes gallegos han demostrado frente a la Agencia Tributaria de Galicia —ATRIGA— que no tenían la obligación de pagar más.

https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/TEAC/Memorias%20TEAC/teac_mem_17.pdf

La memoria recoge la actividad desarrollada por el conjunto de la organización aportando datos específicos de la gestión de forma global y de cada uno de los Tribunales Económico Administrativos regionales por CC.AA. en detalle.

Álvaro Sáez, abogado fiscalista, afirma: “Mi opinión es que en general es mejor interponer reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo. Aquí una vez más uno no debe olvidar que este no es un Tribunal de verdad formado por jueces o magistrados, es un Tribunal de Hacienda formado por funcionarios que pueden estar en el despacho de al lado de aquel que te puso la multa por no pagar impuestos”.

En la parte global de la memoria, además de la actuación del Tribunal Económico Administrativo durante 2017, se concretan de forma sintética algunos datos de la evolución, en la que se ha producido un notable incremento del número de reclamaciones presentadas, probablemente, debido en parte a la situación socio-económica del país, al ser la vía económico-administrativa la vía obligatoria para los conflictos tributarios previa a la vía contenciosa con un aumento de un 1,18% con respecto al año anterior.

En Galicia se han resuelto un 78% de los casos presentados y del total de Impuestos un 37% a favor del administrado.

Curiosamente estos porcentajes se duplican cuando se habla de los Impuestos adjudicados a la Comunidad Autónoma como es el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones con un 82% y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados con un 75%.

Álvaro Sáez, de SAEZ.LAW, dice: “El recurso de reposición contra Hacienda es opcional, puedes presentar directamente reclamación económico-administrativa, que, es lo más aconsejable en la mayor parte de los casos porque lo normal es que no te den la razón e igualmente tengas que presentar reclamación económico-administrativa más tarde”.

En el libro No pagar Impuestos para ayudar a los demás—https://saez.law/e-book-no-pagar-impuestos/—, Álvaro Sáez habla de la importancia de que la economía funcione a todos los niveles, de la confianza y de cómo ayudar a los demás a no pagar impuestos sobre todo cuando no toca puede ser vital para tener una economía saludable.

Álvaro Sáez, abogado fiscal, insiste: “Los datos de los casos perdidos por la Agencia Tributaria de Galicia —ATRIGA— son públicos. Las estadísticas demuestran que la actuación de la Agencia gallega no es tan perfecta como parece desde fuera.

Hacienda está formada por personas como tú y como yo, y como tales también cometen errores. Ellos también se equivocan. La Inspección puede decir que no se cumplen las normas, pero puede no tener la razón. Por ejemplo, que pierdan ante el Tribunal del Ministerio de Hacienda un 49% de las veces con el Impuesto sobre Sociedades, un 39% con el IRPF, y un 50% con el IVA es un hecho”.

La base de datos del Tribunal, DYCTEA, posee más de 6000 resoluciones y criterios de carácter vinculante, gracias a los cuales en muchos casos el contribuyente consigue salir victorioso de la Inspección de Hacienda siempre y cuando se atreva a enfrentarse a ella.

“Mi consejo: Si son 100 euros, págalos. Si son cantidades mayores, consulta con un especialista antes de nada para ver si vas a tener posibilidades, no de que te den la razón con el recurso de reposición, sino para ver si vas a tener posibilidades de ganar la reclamación económico-administrativa o el recurso contencioso-administrativo que también podrás presentar ante, esta vez sí, los Tribunales de Justicia”.

Se puede ampliar el contenido de esta noticia en el blog: https://saez.law/blog/recurso-de-reposicion-o-reclamacion-economico-administrativa/

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